Raul Guirao Liria
Alcalde Del Ayuntamiento De Suflí · Partido Popular
Cuánto gana Raul Guirao Liria: percibe 29.900 € brutos al año (2136 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de suflí en Ayuntamiento De Suflí.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Suflí
- Institución
- Ayuntamiento De Suflí
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Suflí
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6520 € más al año que la media de alcaldes (128 %).
Sueldo y retribuciones de Raul Guirao Liria
Alcalde Del Ayuntamiento De Suflí
PPEn activo| Salario bruto mensual | 2135,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.899,94 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Suflí
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1900,56 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.806,70 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Raul Guirao Liria?
Raul Guirao Liria percibe un sueldo bruto anual de 29.900 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Suflí en Ayuntamiento De Suflí. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Raul Guirao Liria al mes?
Raul Guirao Liria percibe 2136 € brutos al mes, equivalentes a 29.900 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Raul Guirao Liria?
El sueldo bruto anual de Raul Guirao Liria (29.900 €) equivale a 1,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Raul Guirao Liria?
Raul Guirao Liria está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Raul Guirao Liria?
Raul Guirao Liria ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Suflí en Ayuntamiento De Suflí (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .