Raúl San Juan López
Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo · AV.BUSTAR
Cuánto gana Raúl San Juan López: percibe 10.500 € brutos al año (750 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de bustarviejo en Ayuntamiento De Bustarviejo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo
- Institución
- Ayuntamiento De Bustarviejo
- Partido
- AV.BUSTAR
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Bustarviejo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 12.880 € menos al año que la media de alcaldes (45 %).
Sueldo y retribuciones de Raúl San Juan López
Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo
AV.BUSTARInactivo| Salario bruto mensual | 750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 10.500,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo
AV.BUSTARInactivo| Salario bruto mensual | 750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 10.500,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Raúl San Juan López?
Raúl San Juan López percibe un sueldo bruto anual de 10.500 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo en Ayuntamiento De Bustarviejo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Raúl San Juan López al mes?
Raúl San Juan López percibe 750 € brutos al mes, equivalentes a 10.500 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Raúl San Juan López?
El sueldo bruto anual de Raúl San Juan López (10.500 €) equivale a 0,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Raúl San Juan López?
Raúl San Juan López está afiliado o vinculado a AV.BUSTAR.
¿Qué cargo tiene actualmente Raúl San Juan López?
Raúl San Juan López ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo en Ayuntamiento De Bustarviejo (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .