Rita Rodriguez Rica
Alcaldesa del Ayuntamiento de Nigüelas · PSOE
Cuánto ganaba Rita Rodriguez Rica: percibía 30.665 € brutos al año (2555 € al mes) como alcaldesa del ayuntamiento de nigüelas en Ayuntamiento de Nigüelas.
- Cargo
- Alcaldesa del Ayuntamiento de Nigüelas
- Institución
- Ayuntamiento de Nigüelas
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Nigüelas
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Cobra 7286 € más al año que la media de alcaldes (131 %).
Sueldo y retribuciones de Rita Rodriguez Rica
Alcaldesa del Ayuntamiento de Nigüelas
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 2555,41 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 30.664,97 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa del Ayuntamiento de Nigüelas
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 2555,41 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 30.664,97 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto ganaba Rita Rodriguez Rica?
Rita Rodriguez Rica percibía un sueldo bruto anual de 30.665 € como Alcaldesa del Ayuntamiento de Nigüelas en Ayuntamiento de Nigüelas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico del cargo en el último ejercicio con dato publicado.
¿Cuánto cobraba Rita Rodriguez Rica al mes?
Rita Rodriguez Rica percibía 2555 € brutos al mes, equivalentes a 30.665 € brutos anuales.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Rita Rodriguez Rica?
El sueldo bruto anual de Rita Rodriguez Rica (30.665 €) equivale a 1,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Rita Rodriguez Rica?
Rita Rodriguez Rica está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo ocupó Rita Rodriguez Rica?
Rita Rodriguez Rica ocupó el cargo de Alcaldesa del Ayuntamiento de Nigüelas en Ayuntamiento de Nigüelas (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .