Roberto García Pernas
Alcalde Del Ayuntamiento De Xermade · PSOE
Cuánto gana Roberto García Pernas: percibe 22.596 € brutos al año (1614 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de xermade en Ayuntamiento De Xermade.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Xermade
- Institución
- Ayuntamiento De Xermade
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Xermade
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 784 € menos al año que la media de alcaldes (97 %).
Sueldo y retribuciones de Roberto García Pernas
Alcalde Del Ayuntamiento De Xermade
PSdeG-PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 1614,03 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.596,48 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Xermade
PSdeGPSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 291,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3500,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Roberto García Pernas?
Roberto García Pernas percibe un sueldo bruto anual de 22.596 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Xermade en Ayuntamiento De Xermade. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Roberto García Pernas al mes?
Roberto García Pernas percibe 1614 € brutos al mes, equivalentes a 22.596 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Roberto García Pernas?
El sueldo bruto anual de Roberto García Pernas (22.596 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Roberto García Pernas?
Roberto García Pernas está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Roberto García Pernas?
Roberto García Pernas ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Xermade en Ayuntamiento De Xermade (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .