Roger Cerda Boluda
Alcalde Del Ayuntamiento De Xàtiva · PSOE
Cuánto gana Roger Cerda Boluda: percibe 19.857 € brutos al año (1418 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de xàtiva en Ayuntamiento De Xàtiva.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Xàtiva
- Institución
- Ayuntamiento De Xàtiva
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Xàtiva
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3524 € menos al año que la media de alcaldes (85 %).
Sueldo y retribuciones de Roger Cerda Boluda
Alcalde Del Ayuntamiento De Xàtiva
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 1418,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 19.856,60 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Sin dedicación.
Alcalde Del Ayuntamiento De Xàtiva
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 4296,46 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 51.557,52 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Roger Cerda Boluda?
Roger Cerda Boluda percibe un sueldo bruto anual de 19.857 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Xàtiva en Ayuntamiento De Xàtiva. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Roger Cerda Boluda al mes?
Roger Cerda Boluda percibe 1418 € brutos al mes, equivalentes a 19.857 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Roger Cerda Boluda?
El sueldo bruto anual de Roger Cerda Boluda (19.857 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Roger Cerda Boluda?
Roger Cerda Boluda está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Roger Cerda Boluda?
Roger Cerda Boluda ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Xàtiva en Ayuntamiento De Xàtiva (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .