Rosa Maria Bestard Pons
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campanet · PSOE
Cuánto gana Rosa Maria Bestard Pons: percibe 39.432 € brutos al año (3286 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de campanet en Ayuntamiento De Campanet.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campanet
- Institución
- Ayuntamiento De Campanet
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Campanet
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.052 € más al año que la media de alcaldes (169 %).
Sueldo y retribuciones de Rosa Maria Bestard Pons
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campanet
PSIB-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3286,02 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.432,26 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campanet
PSIB-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3286,02 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.432,26 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Rosa Maria Bestard Pons?
Rosa Maria Bestard Pons percibe un sueldo bruto anual de 39.432 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campanet en Ayuntamiento De Campanet. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Rosa Maria Bestard Pons al mes?
Rosa Maria Bestard Pons percibe 3286 € brutos al mes, equivalentes a 39.432 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Rosa Maria Bestard Pons?
El sueldo bruto anual de Rosa Maria Bestard Pons (39.432 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Rosa Maria Bestard Pons?
Rosa Maria Bestard Pons está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Rosa Maria Bestard Pons?
Rosa Maria Bestard Pons ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campanet en Ayuntamiento De Campanet (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .