Ruben Muñoz Barba
Alcalde Del Ayuntamiento De Zarza-Capilla · PSOE
Cuánto gana Ruben Muñoz Barba: percibe 16.873 € brutos al año (1205 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de zarza-capilla en Ayuntamiento De Zarza-Capilla.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Zarza-Capilla
- Institución
- Ayuntamiento De Zarza-Capilla
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Zarza-Capilla
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6507 € menos al año que la media de alcaldes (72 %).
Sueldo y retribuciones de Ruben Muñoz Barba
Alcalde Del Ayuntamiento De Zarza-Capilla
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 1205,21 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.872,91 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Zarza-Capilla
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 1114,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.374,82 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Ruben Muñoz Barba?
Ruben Muñoz Barba percibe un sueldo bruto anual de 16.873 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Zarza-Capilla en Ayuntamiento De Zarza-Capilla. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ruben Muñoz Barba al mes?
Ruben Muñoz Barba percibe 1205 € brutos al mes, equivalentes a 16.873 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ruben Muñoz Barba?
El sueldo bruto anual de Ruben Muñoz Barba (16.873 €) equivale a 1,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ruben Muñoz Barba?
Ruben Muñoz Barba está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ruben Muñoz Barba?
Ruben Muñoz Barba ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Zarza-Capilla en Ayuntamiento De Zarza-Capilla (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .