Samuel Martin Garcia
Alcalde Del Ayuntamiento De Pasarón De La Vera · PSOE
Cuánto gana Samuel Martin Garcia: percibe 16.963 € brutos al año (1212 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de pasarón de la vera en Ayuntamiento De Pasarón De La Vera.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Pasarón De La Vera
- Institución
- Ayuntamiento De Pasarón De La Vera
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Pasarón De La Vera
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6417 € menos al año que la media de alcaldes (73 %).
Sueldo y retribuciones de Samuel Martin Garcia
Alcalde Del Ayuntamiento De Pasarón De La Vera
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 1211,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.963,17 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Pasarón De La Vera
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 1056,23 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.674,76 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Samuel Martin Garcia?
Samuel Martin Garcia percibe un sueldo bruto anual de 16.963 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Pasarón De La Vera en Ayuntamiento De Pasarón De La Vera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Samuel Martin Garcia al mes?
Samuel Martin Garcia percibe 1212 € brutos al mes, equivalentes a 16.963 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Samuel Martin Garcia?
El sueldo bruto anual de Samuel Martin Garcia (16.963 €) equivale a 1,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Samuel Martin Garcia?
Samuel Martin Garcia está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Samuel Martin Garcia?
Samuel Martin Garcia ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Pasarón De La Vera en Ayuntamiento De Pasarón De La Vera (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .