Santiago Campo Alfonso
Alcalde Del Ayuntamiento De Losacio · PSOE
Cuánto gana Santiago Campo Alfonso: percibe 180 € brutos al año (13 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de losacio.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Losacio
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.200 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Santiago Campo Alfonso
Alcalde Del Ayuntamiento De Losacio
PSOEDesde 2020| Salario bruto mensual | 12,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 180,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Losacio
PSOEDesde 2020| Salario bruto mensual | 12,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 180,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Losacio
PSOE2019–2020| Salario bruto mensual | 19,55 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 273,75 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Santiago Campo Alfonso?
Santiago Campo Alfonso percibe un sueldo bruto anual de 180 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Losacio. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Santiago Campo Alfonso al mes?
Santiago Campo Alfonso percibe 13 € brutos al mes, equivalentes a 180 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Santiago Campo Alfonso?
El sueldo bruto anual de Santiago Campo Alfonso (180 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Santiago Campo Alfonso?
Santiago Campo Alfonso está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Santiago Campo Alfonso?
Santiago Campo Alfonso ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Losacio.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .