Senen Pousa Soto
Alcalde Del Ayuntamiento De Beade · Partido Popular
Cuánto gana Senen Pousa Soto: percibe 7200 € brutos al año (600 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de beade en Ayuntamiento De Beade.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Beade
- Institución
- Ayuntamiento De Beade
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Beade
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.180 € menos al año que la media de alcaldes (31 %).
Sueldo y retribuciones de Senen Pousa Soto
Alcalde Del Ayuntamiento De Beade
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 600,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7200,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Beade
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 600,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7200,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Senen Pousa Soto?
Senen Pousa Soto percibe un sueldo bruto anual de 7200 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Beade en Ayuntamiento De Beade. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Senen Pousa Soto al mes?
Senen Pousa Soto percibe 600 € brutos al mes, equivalentes a 7200 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Senen Pousa Soto?
El sueldo bruto anual de Senen Pousa Soto (7200 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Senen Pousa Soto?
Senen Pousa Soto está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Senen Pousa Soto?
Senen Pousa Soto ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Beade en Ayuntamiento De Beade (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .