Sergio Hidalgo Alonso
Alcalde Del Ayuntamiento De Salas · Foro Asturias
Cuánto gana Sergio Hidalgo Alonso: percibe 39.173 € brutos al año (2798 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de salas en Ayuntamiento De Salas.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Salas
- Institución
- Ayuntamiento De Salas
- Partido
- Foro Asturias
- Comunidad
- Asturias
- Municipio
- Salas
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.793 € más al año que la media de alcaldes (168 %).
Sueldo y retribuciones de Sergio Hidalgo Alonso
Alcalde Del Ayuntamiento De Salas
Foro AsturiasEn activo| Salario bruto mensual | 2798,09 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.173,26 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Salas
FORO2019–2023| Salario bruto mensual | 3001,78 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.021,30 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Sergio Hidalgo Alonso?
Sergio Hidalgo Alonso percibe un sueldo bruto anual de 39.173 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Salas en Ayuntamiento De Salas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Sergio Hidalgo Alonso al mes?
Sergio Hidalgo Alonso percibe 2798 € brutos al mes, equivalentes a 39.173 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Sergio Hidalgo Alonso?
El sueldo bruto anual de Sergio Hidalgo Alonso (39.173 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Sergio Hidalgo Alonso?
Sergio Hidalgo Alonso está afiliado o vinculado a Foro Asturias.
¿Qué cargo tiene actualmente Sergio Hidalgo Alonso?
Sergio Hidalgo Alonso ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Salas en Ayuntamiento De Salas (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .