Sergio Tato Eguren
Alcalde Del Ayuntamiento De Okondo · OKONDO AURRERA
Cuánto gana Sergio Tato Eguren: percibe 22.503 € brutos al año (1607 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de okondo en Ayuntamiento De Okondo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Okondo
- Institución
- Ayuntamiento De Okondo
- Partido
- OKONDO AURRERA
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Okondo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 878 € menos al año que la media de alcaldes (96 %).
Sueldo y retribuciones de Sergio Tato Eguren
Alcalde Del Ayuntamiento De Okondo
OKONDO AURRERAInactivo| Salario bruto mensual | 1607,32 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.502,51 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Okondo
OKONDO AURRERAInactivo| Salario bruto mensual | 1607,32 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.502,51 € |
Dedicación Exclusiva
Otros alcaldes en País Vasco
Ver todos →Comparar a Sergio Tato Eguren con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Sergio Tato Eguren?
Sergio Tato Eguren percibe un sueldo bruto anual de 22.503 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Okondo en Ayuntamiento De Okondo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Sergio Tato Eguren al mes?
Sergio Tato Eguren percibe 1607 € brutos al mes, equivalentes a 22.503 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Sergio Tato Eguren?
El sueldo bruto anual de Sergio Tato Eguren (22.503 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Sergio Tato Eguren?
Sergio Tato Eguren está afiliado o vinculado a OKONDO AURRERA.
¿Qué cargo tiene actualmente Sergio Tato Eguren?
Sergio Tato Eguren ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Okondo en Ayuntamiento De Okondo (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .