Susana Díaz de Arcaya Cubillo
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Iruraiz-Gauna · PNV
Cuánto gana Susana Díaz de Arcaya Cubillo: percibe 12.311 € brutos al año (879 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de iruraiz-gauna.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Iruraiz-Gauna
- Partido
- PNV
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.069 € menos al año que la media de alcaldes (53 %).
Sueldo y retribuciones de Susana Díaz de Arcaya Cubillo
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Iruraiz-Gauna
EAJ-PNVDesde 2020| Salario bruto mensual | 879,36 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.311,10 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Iruraiz-Gauna
EAJ-PNVDesde 2020| Salario bruto mensual | 879,36 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.311,10 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
EAJ-PNV2019–2020| Salario bruto mensual | 570,68 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7989,48 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Susana Díaz de Arcaya Cubillo?
Susana Díaz de Arcaya Cubillo percibe un sueldo bruto anual de 12.311 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Iruraiz-Gauna. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Susana Díaz de Arcaya Cubillo al mes?
Susana Díaz de Arcaya Cubillo percibe 879 € brutos al mes, equivalentes a 12.311 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Susana Díaz de Arcaya Cubillo?
El sueldo bruto anual de Susana Díaz de Arcaya Cubillo (12.311 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Susana Díaz de Arcaya Cubillo?
Susana Díaz de Arcaya Cubillo está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Susana Díaz de Arcaya Cubillo?
Susana Díaz de Arcaya Cubillo ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Iruraiz-Gauna.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .