Susana Sanz Ferreres
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Xert · Partido Popular
Cuánto gana Susana Sanz Ferreres: percibe 24.966 € brutos al año (1783 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de xert en Ayuntamiento De Xert.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Xert
- Institución
- Ayuntamiento De Xert
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Xert
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1586 € más al año que la media de alcaldes (107 %).
Sueldo y retribuciones de Susana Sanz Ferreres
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Xert
PPEn activo| Salario bruto mensual | 1783,30 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 24.966,14 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Xert
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1339,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.074,02 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Susana Sanz Ferreres?
Susana Sanz Ferreres percibe un sueldo bruto anual de 24.966 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Xert en Ayuntamiento De Xert. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Susana Sanz Ferreres al mes?
Susana Sanz Ferreres percibe 1783 € brutos al mes, equivalentes a 24.966 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Susana Sanz Ferreres?
El sueldo bruto anual de Susana Sanz Ferreres (24.966 €) equivale a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Susana Sanz Ferreres?
Susana Sanz Ferreres está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Susana Sanz Ferreres?
Susana Sanz Ferreres ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Xert en Ayuntamiento De Xert (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .