Tania Solans Raluy
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Esplús · PSOE
Cuánto gana Tania Solans Raluy: percibe 8473 € brutos al año (605 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de esplús en Ayuntamiento De Esplús.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Esplús
- Institución
- Ayuntamiento De Esplús
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- Esplús
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.907 € menos al año que la media de alcaldes (36 %).
Sueldo y retribuciones de Tania Solans Raluy
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Esplús
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 605,20 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8472,80 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Esplús
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 760,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9120,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Tania Solans Raluy?
Tania Solans Raluy percibe un sueldo bruto anual de 8473 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Esplús en Ayuntamiento De Esplús. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Tania Solans Raluy al mes?
Tania Solans Raluy percibe 605 € brutos al mes, equivalentes a 8473 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Tania Solans Raluy?
El sueldo bruto anual de Tania Solans Raluy (8473 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Tania Solans Raluy?
Tania Solans Raluy está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Tania Solans Raluy?
Tania Solans Raluy ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Esplús en Ayuntamiento De Esplús (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .