Teresa Gutierrez Álvarez
Alcaldesa · PSOE
Cuánto gana Teresa Gutierrez Álvarez: percibe 640 € brutos al año (46 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Carrocera.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Carrocera
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Carrocera
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.740 € menos al año que la media de alcaldes (3 %).
Sueldo y retribuciones de Teresa Gutierrez Álvarez
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 45,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 640,00 € |
| Dietas | 640,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 45,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 640,00 € |
| Dietas | 640,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Teresa Gutierrez Álvarez?
Teresa Gutierrez Álvarez percibe un sueldo bruto anual de 640 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Carrocera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Teresa Gutierrez Álvarez al mes?
Teresa Gutierrez Álvarez percibe 46 € brutos al mes, equivalentes a 640 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Teresa Gutierrez Álvarez?
El sueldo bruto anual de Teresa Gutierrez Álvarez (640 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Teresa Gutierrez Álvarez?
Teresa Gutierrez Álvarez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Teresa Gutierrez Álvarez?
Teresa Gutierrez Álvarez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Carrocera (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .