Foto de Teresa Ladrero Parral
Cargo en activo

Teresa Ladrero Parral

Alcaldesa del Ayuntamiento de Ejea de Los Caballeros · PSOE

Sueldo bruto anual0 €

No consta una retribución pública para el cargo actual de Teresa Ladrero Parral. Puede tratarse de un cargo sin dedicación exclusiva, ad honorem o sin dato salarial publicado en las fuentes oficiales consultadas.

Cargo
Alcaldesa del Ayuntamiento de Ejea de Los Caballeros
Institución
Ayuntamiento de Ejea de Los Caballeros
Partido
PSOE
Comunidad
Aragón
Municipio
Ejea De Los Caballeros
Nacimiento
24 de agosto de 1978 · 48 años

Biografía

Teresa Ladrero Parral, de 47 años, es actualmente Alcaldesa del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros en representación de PSOE. Ostenta el cargo sin retribución pública (cargo ad honorem). Anteriormente ocupó el cargo de Alcaldesa del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros entre 2019 y 2023 en representación de PSOE.

¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.

Sueldo y retribuciones de Teresa Ladrero Parral

Alcaldesa del Ayuntamiento de Ejea de Los Caballeros

PSOEEn activo
Salario bruto mensual0,00 €
Salario bruto anual0,00 €

Alcaldesa del Ayuntamiento de Ejea de Los Caballeros

PSOE2019–2023
Salario bruto mensual0,00 €
Salario bruto anual0,00 €

Sin dedicación

Otros políticos de PSOE

Ver todos →

Otros alcaldes de España, por sueldo

Ver todos →

Comparar a Teresa Ladrero Parral con…

Ver todas las comparativas →

Preguntas frecuentes

¿De qué partido es Teresa Ladrero Parral?

Teresa Ladrero Parral está afiliado o vinculado a PSOE.

¿Qué cargo tiene actualmente Teresa Ladrero Parral?

Teresa Ladrero Parral ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa del Ayuntamiento de Ejea de Los Caballeros en Ayuntamiento de Ejea de Los Caballeros (Aragón).

¿Qué edad tiene Teresa Ladrero Parral?

Teresa Ladrero Parral nació el 24 de agosto de 1978 y tiene 48 años actualmente.

Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .