Toni Anglés Rosich
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilaverd · Junts per Catalunya
Cuánto gana Toni Anglés Rosich: percibe 14.107 € brutos al año (1176 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vilaverd en Ayuntamiento De Vilaverd.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vilaverd
- Institución
- Ayuntamiento De Vilaverd
- Partido
- Junts per Catalunya
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Vilaverd
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Cobra 9274 € menos al año que la media de alcaldes (60 %).
Sueldo y retribuciones de Toni Anglés Rosich
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilaverd
Junts2019–2023| Salario bruto mensual | 1175,55 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.106,62 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilaverd
Junts2019–2023| Salario bruto mensual | 1175,55 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.106,62 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Toni Anglés Rosich?
Toni Anglés Rosich percibe un sueldo bruto anual de 14.107 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vilaverd en Ayuntamiento De Vilaverd. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Toni Anglés Rosich al mes?
Toni Anglés Rosich percibe 1176 € brutos al mes, equivalentes a 14.107 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Toni Anglés Rosich?
El sueldo bruto anual de Toni Anglés Rosich (14.107 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Toni Anglés Rosich?
Toni Anglés Rosich está afiliado o vinculado a Junts per Catalunya.
¿Qué cargo tiene actualmente Toni Anglés Rosich?
Toni Anglés Rosich ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vilaverd en Ayuntamiento De Vilaverd (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .