Valentí Agustí Bassa
Alcalde Del Ayuntamiento De Palafolls · PSOE
Cuánto gana Valentí Agustí Bassa: percibe 7000 € brutos al año (500 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de palafolls en Ayuntamiento De Palafolls.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Palafolls
- Institución
- Ayuntamiento De Palafolls
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Palafolls
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.380 € menos al año que la media de alcaldes (30 %).
Sueldo y retribuciones de Valentí Agustí Bassa
Alcalde Del Ayuntamiento De Palafolls
PSC-CPInactivo| Salario bruto mensual | 500,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7000,00 € |
| Dietas | 7000,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Palafolls
PSC-CPInactivo| Salario bruto mensual | 500,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7000,00 € |
| Dietas | 7000,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Valentí Agustí Bassa?
Valentí Agustí Bassa percibe un sueldo bruto anual de 7000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Palafolls en Ayuntamiento De Palafolls. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Valentí Agustí Bassa al mes?
Valentí Agustí Bassa percibe 500 € brutos al mes, equivalentes a 7000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Valentí Agustí Bassa?
El sueldo bruto anual de Valentí Agustí Bassa (7000 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Valentí Agustí Bassa?
Valentí Agustí Bassa está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Valentí Agustí Bassa?
Valentí Agustí Bassa ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Palafolls en Ayuntamiento De Palafolls (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .