Valentin Pozo Torres
Alcalde Del Ayuntamiento De Medellín · PSOE
Cuánto gana Valentin Pozo Torres: percibe 27.068 € brutos al año (2256 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de medellín en Ayuntamiento De Medellín.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Medellín
- Institución
- Ayuntamiento De Medellín
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Medellín
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3687 € más al año que la media de alcaldes (116 %).
Sueldo y retribuciones de Valentin Pozo Torres
Alcalde Del Ayuntamiento De Medellín
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2255,63 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.067,60 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Medellín
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2255,63 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.067,60 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Valentin Pozo Torres?
Valentin Pozo Torres percibe un sueldo bruto anual de 27.068 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Medellín en Ayuntamiento De Medellín. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Valentin Pozo Torres al mes?
Valentin Pozo Torres percibe 2256 € brutos al mes, equivalentes a 27.068 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Valentin Pozo Torres?
El sueldo bruto anual de Valentin Pozo Torres (27.068 €) equivale a 1,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Valentin Pozo Torres?
Valentin Pozo Torres está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Valentin Pozo Torres?
Valentin Pozo Torres ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Medellín en Ayuntamiento De Medellín (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .