Vicente Piña Sen
Alcalde Del Ayuntamiento De Almorox · PSOE
Cuánto gana Vicente Piña Sen: percibe 16.500 € brutos al año (1179 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de almorox en Ayuntamiento De Almorox.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Almorox
- Institución
- Ayuntamiento De Almorox
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Almorox
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6880 € menos al año que la media de alcaldes (71 %).
Sueldo y retribuciones de Vicente Piña Sen
Alcalde Del Ayuntamiento De Almorox
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 1178,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.500,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Almorox
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 1178,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.500,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Vicente Piña Sen?
Vicente Piña Sen percibe un sueldo bruto anual de 16.500 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Almorox en Ayuntamiento De Almorox. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Vicente Piña Sen al mes?
Vicente Piña Sen percibe 1179 € brutos al mes, equivalentes a 16.500 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Vicente Piña Sen?
El sueldo bruto anual de Vicente Piña Sen (16.500 €) equivale a 1,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Vicente Piña Sen?
Vicente Piña Sen está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Vicente Piña Sen?
Vicente Piña Sen ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Almorox en Ayuntamiento De Almorox (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .