Xavier Boïgues Codina
Alcalde Del Ayuntamiento De Cellera De Ter La · AMC
Cuánto gana Xavier Boïgues Codina: percibe 25.200 € brutos al año (2100 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cellera de ter la en Ayuntamiento De Cellera De Ter La.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cellera De Ter La
- Institución
- Ayuntamiento De Cellera De Ter La
- Partido
- AMC
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Cellera De Ter La
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1820 € más al año que la media de alcaldes (108 %).
Sueldo y retribuciones de Xavier Boïgues Codina
Alcalde Del Ayuntamiento De Cellera De Ter La
AMC2019–2023| Salario bruto mensual | 2100,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.200,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Cellera De Ter La
AMC2019–2023| Salario bruto mensual | 2100,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.200,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Xavier Boïgues Codina?
Xavier Boïgues Codina percibe un sueldo bruto anual de 25.200 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cellera De Ter La en Ayuntamiento De Cellera De Ter La. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Xavier Boïgues Codina al mes?
Xavier Boïgues Codina percibe 2100 € brutos al mes, equivalentes a 25.200 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Xavier Boïgues Codina?
El sueldo bruto anual de Xavier Boïgues Codina (25.200 €) equivale a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Xavier Boïgues Codina?
Xavier Boïgues Codina está afiliado o vinculado a AMC.
¿Qué cargo tiene actualmente Xavier Boïgues Codina?
Xavier Boïgues Codina ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cellera De Ter La en Ayuntamiento De Cellera De Ter La (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .