Xavier Boquete Saiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Masquefa · Junts per Catalunya
Cuánto gana Xavier Boquete Saiz: percibe 44.348 € brutos al año (3696 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de masquefa en Ayuntamiento De Masquefa.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Masquefa
- Institución
- Ayuntamiento De Masquefa
- Partido
- Junts per Catalunya
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Masquefa
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.968 € más al año que la media de alcaldes (190 %).
Sueldo y retribuciones de Xavier Boquete Saiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Masquefa
Junts2019–2023| Salario bruto mensual | 3695,70 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 44.348,36 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Masquefa
Junts2019–2023| Salario bruto mensual | 3695,70 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 44.348,36 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Xavier Boquete Saiz?
Xavier Boquete Saiz percibe un sueldo bruto anual de 44.348 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Masquefa en Ayuntamiento De Masquefa. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Xavier Boquete Saiz al mes?
Xavier Boquete Saiz percibe 3696 € brutos al mes, equivalentes a 44.348 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Xavier Boquete Saiz?
El sueldo bruto anual de Xavier Boquete Saiz (44.348 €) equivale a 2,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Xavier Boquete Saiz?
Xavier Boquete Saiz está afiliado o vinculado a Junts per Catalunya.
¿Qué cargo tiene actualmente Xavier Boquete Saiz?
Xavier Boquete Saiz ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Masquefa en Ayuntamiento De Masquefa (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .