Yolanda Reche Luz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Carolina La · PSOE
Cuánto gana Yolanda Reche Luz: percibe 33.000 € brutos al año (2750 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de carolina la en Ayuntamiento De Carolina La.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Carolina La
- Institución
- Ayuntamiento De Carolina La
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Carolina La
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9620 € más al año que la media de alcaldes (141 %).
Sueldo y retribuciones de Yolanda Reche Luz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Carolina La
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 2750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 33.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Carolina La
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 2750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 33.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Yolanda Reche Luz?
Yolanda Reche Luz percibe un sueldo bruto anual de 33.000 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Carolina La en Ayuntamiento De Carolina La. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Yolanda Reche Luz al mes?
Yolanda Reche Luz percibe 2750 € brutos al mes, equivalentes a 33.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Yolanda Reche Luz?
El sueldo bruto anual de Yolanda Reche Luz (33.000 €) equivale a 1,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Yolanda Reche Luz?
Yolanda Reche Luz está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Yolanda Reche Luz?
Yolanda Reche Luz ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Carolina La en Ayuntamiento De Carolina La (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .