Carles Baronet Aldabó
Alcalde Del Ayuntamiento De Folgueroles · IF
Cuánto gana Carles Baronet Aldabó: percibe 19.992 € brutos al año (1428 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de folgueroles en Ayuntamiento De Folgueroles.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Folgueroles
- Institución
- Ayuntamiento De Folgueroles
- Partido
- IF
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Folgueroles
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3388 € menos al año que la media de alcaldes (86 %).
Sueldo y retribuciones de Carles Baronet Aldabó
Alcalde Del Ayuntamiento De Folgueroles
IFHasta 2019| Salario bruto mensual | 1428,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 19.992,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Folgueroles
IFHasta 2019| Salario bruto mensual | 1428,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 19.992,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Carles Baronet Aldabó?
Carles Baronet Aldabó percibe un sueldo bruto anual de 19.992 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Folgueroles en Ayuntamiento De Folgueroles. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Carles Baronet Aldabó al mes?
Carles Baronet Aldabó percibe 1428 € brutos al mes, equivalentes a 19.992 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Carles Baronet Aldabó?
El sueldo bruto anual de Carles Baronet Aldabó (19.992 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Carles Baronet Aldabó?
Carles Baronet Aldabó está afiliado o vinculado a IF.
¿Qué cargo tiene actualmente Carles Baronet Aldabó?
Carles Baronet Aldabó ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Folgueroles en Ayuntamiento De Folgueroles (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .