Joan Mora Alsina
Alcalde del Ayuntamiento de Vallgorguina · JxV-JUNTS
Cuánto ganaba Joan Mora Alsina: percibía 39.550 € brutos al año (3296 € al mes) como alcalde del ayuntamiento de vallgorguina en Ayuntamiento de Vallgorguina.
- Cargo
- Alcalde del Ayuntamiento de Vallgorguina
- Institución
- Ayuntamiento de Vallgorguina
- Partido
- JxV-JUNTS
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Vallgorguina
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Cobra 16.171 € más al año que la media de alcaldes (169 %).
Sueldo y retribuciones de Joan Mora Alsina
Alcalde del Ayuntamiento de Vallgorguina
JxV-JUNTS2019–2023| Salario bruto mensual | 3295,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.550,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde del Ayuntamiento de Vallgorguina
JxV-JUNTS2019–2023| Salario bruto mensual | 3295,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.550,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto ganaba Joan Mora Alsina?
Joan Mora Alsina percibía un sueldo bruto anual de 39.550 € como Alcalde del Ayuntamiento de Vallgorguina en Ayuntamiento de Vallgorguina. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico del cargo en el último ejercicio con dato publicado.
¿Cuánto cobraba Joan Mora Alsina al mes?
Joan Mora Alsina percibía 3296 € brutos al mes, equivalentes a 39.550 € brutos anuales.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Joan Mora Alsina?
El sueldo bruto anual de Joan Mora Alsina (39.550 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Joan Mora Alsina?
Joan Mora Alsina está afiliado o vinculado a JxV-JUNTS.
¿Qué cargo ocupó Joan Mora Alsina?
Joan Mora Alsina ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Vallgorguina en Ayuntamiento de Vallgorguina (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .