Jorge Jesús Bayot Baz
Alcalde Del Ayuntamiento De El Garrobo · CON ANDALUCIA
Cuánto gana Jorge Jesús Bayot Baz: percibe 32.629 € brutos al año (2331 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de el garrobo en Ayuntamiento De El Garrobo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De El Garrobo
- Institución
- Ayuntamiento De El Garrobo
- Partido
- CON ANDALUCIA
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- El Garrobo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9249 € más al año que la media de alcaldes (140 %).
Sueldo y retribuciones de Jorge Jesús Bayot Baz
Alcalde Del Ayuntamiento De El Garrobo
CON ANDALUCIAEn activo| Salario bruto mensual | 2330,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.629,37 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Garrobo El
ADELANTE2019–2023| Salario bruto mensual | 2170,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 26.048,54 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Jorge Jesús Bayot Baz?
Jorge Jesús Bayot Baz percibe un sueldo bruto anual de 32.629 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De El Garrobo en Ayuntamiento De El Garrobo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jorge Jesús Bayot Baz al mes?
Jorge Jesús Bayot Baz percibe 2331 € brutos al mes, equivalentes a 32.629 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jorge Jesús Bayot Baz?
El sueldo bruto anual de Jorge Jesús Bayot Baz (32.629 €) equivale a 1,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jorge Jesús Bayot Baz?
Jorge Jesús Bayot Baz está afiliado o vinculado a CON ANDALUCIA.
¿Qué cargo tiene actualmente Jorge Jesús Bayot Baz?
Jorge Jesús Bayot Baz ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De El Garrobo en Ayuntamiento De El Garrobo (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .