Jorge Romero Salazar
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Barrios · P.A.
Cuánto gana Jorge Romero Salazar: percibe 53.045 € brutos al año (3789 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de los barrios en Ayuntamiento De Los Barrios.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Los Barrios
- Institución
- Ayuntamiento De Los Barrios
- Partido
- P.A.
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Los Barrios
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 29.665 € más al año que la media de alcaldes (227 %).
Sueldo y retribuciones de Jorge Romero Salazar
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Barrios
P.A.Hasta 2019| Salario bruto mensual | 3788,93 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 53.045,02 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Barrios
P.A.Hasta 2019| Salario bruto mensual | 3788,93 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 53.045,02 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jorge Romero Salazar?
Jorge Romero Salazar percibe un sueldo bruto anual de 53.045 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Los Barrios en Ayuntamiento De Los Barrios. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jorge Romero Salazar al mes?
Jorge Romero Salazar percibe 3789 € brutos al mes, equivalentes a 53.045 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jorge Romero Salazar?
El sueldo bruto anual de Jorge Romero Salazar (53.045 €) equivale a 3,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jorge Romero Salazar?
Jorge Romero Salazar está afiliado o vinculado a P.A..
¿Qué cargo tiene actualmente Jorge Romero Salazar?
Jorge Romero Salazar ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Los Barrios en Ayuntamiento De Los Barrios (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .