Juan Ribot Mayol
Alcalde Del Ayuntamiento De Ariany · EL PI
Cuánto gana Juan Ribot Mayol: percibe 42.581 € brutos al año (3041 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de ariany en Ayuntamiento De Ariany.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Ariany
- Institución
- Ayuntamiento De Ariany
- Partido
- EL PI
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Ariany
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.201 € más al año que la media de alcaldes (182 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Ribot Mayol
Alcalde Del Ayuntamiento De Ariany
EL PIEn activo| Salario bruto mensual | 3041,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 42.580,73 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Ariany
EL PI2019–2023| Salario bruto mensual | 2626,99 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.523,93 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Juan Ribot Mayol?
Juan Ribot Mayol percibe un sueldo bruto anual de 42.581 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Ariany en Ayuntamiento De Ariany. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Ribot Mayol al mes?
Juan Ribot Mayol percibe 3041 € brutos al mes, equivalentes a 42.581 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Ribot Mayol?
El sueldo bruto anual de Juan Ribot Mayol (42.581 €) equivale a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Ribot Mayol?
Juan Ribot Mayol está afiliado o vinculado a EL PI.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Ribot Mayol?
Juan Ribot Mayol ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Ariany en Ayuntamiento De Ariany (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .