Luisa María García Chamorro
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Motril · Partido Popular
Cuánto gana Luisa María García Chamorro: percibe 74.562 € brutos al año (5326 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de motril en Ayuntamiento De Motril.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Motril
- Institución
- Ayuntamiento De Motril
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Motril
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 51.182 € más al año que la media de alcaldes (319 %).
Sueldo y retribuciones de Luisa María García Chamorro
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Motril
PPEn activo| Salario bruto mensual | 5325,89 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 74.562,48 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Motril
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 4894,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 58.738,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Luisa María García Chamorro?
Luisa María García Chamorro percibe un sueldo bruto anual de 74.562 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Motril en Ayuntamiento De Motril. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Luisa María García Chamorro al mes?
Luisa María García Chamorro percibe 5326 € brutos al mes, equivalentes a 74.562 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Luisa María García Chamorro?
El sueldo bruto anual de Luisa María García Chamorro (74.562 €) equivale a 4,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Luisa María García Chamorro?
Luisa María García Chamorro está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Luisa María García Chamorro?
Luisa María García Chamorro ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Motril en Ayuntamiento De Motril (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .