Manuel Ezquerra Tomas
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcarràs · SA
Cuánto gana Manuel Ezquerra Tomas: percibe 22.500 € brutos al año (1607 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alcarràs en Ayuntamiento De Alcarràs.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alcarràs
- Institución
- Ayuntamiento De Alcarràs
- Partido
- SA
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Alcarràs
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 880 € menos al año que la media de alcaldes (96 %).
Sueldo y retribuciones de Manuel Ezquerra Tomas
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcarràs
SA2019–2020| Salario bruto mensual | 1607,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.499,96 € |
Retribuciones para el cargo en 2019.
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcarràs
SA2019–2020| Salario bruto mensual | 1607,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.499,96 € |
Retribuciones para el cargo en 2019.
Otros políticos de SA
Ver todos →Otros alcaldes en Cataluña
Ver todos →Comparar a Manuel Ezquerra Tomas con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Manuel Ezquerra Tomas?
Manuel Ezquerra Tomas percibe un sueldo bruto anual de 22.500 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alcarràs en Ayuntamiento De Alcarràs. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Manuel Ezquerra Tomas al mes?
Manuel Ezquerra Tomas percibe 1607 € brutos al mes, equivalentes a 22.500 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuel Ezquerra Tomas?
El sueldo bruto anual de Manuel Ezquerra Tomas (22.500 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuel Ezquerra Tomas?
Manuel Ezquerra Tomas está afiliado o vinculado a SA.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuel Ezquerra Tomas?
Manuel Ezquerra Tomas ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alcarràs en Ayuntamiento De Alcarràs (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .