Melcior Claramunt Farrán
Alcalde Del Ayuntamiento De Miralcamp · CM
Cuánto gana Melcior Claramunt Farrán: percibe 12.101 € brutos al año (864 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de miralcamp en Ayuntamiento De Miralcamp.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Miralcamp
- Institución
- Ayuntamiento De Miralcamp
- Partido
- CM
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Miralcamp
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Cobra 11.279 € menos al año que la media de alcaldes (52 %).
Sueldo y retribuciones de Melcior Claramunt Farrán
Alcalde Del Ayuntamiento De Miralcamp
CMEn activo| Salario bruto mensual | 864,38 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.101,26 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Sin dedicación.
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¿Cuánto gana Melcior Claramunt Farrán?
Melcior Claramunt Farrán percibe un sueldo bruto anual de 12.101 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Miralcamp en Ayuntamiento De Miralcamp. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Melcior Claramunt Farrán al mes?
Melcior Claramunt Farrán percibe 864 € brutos al mes, equivalentes a 12.101 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Melcior Claramunt Farrán?
El sueldo bruto anual de Melcior Claramunt Farrán (12.101 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Melcior Claramunt Farrán?
Melcior Claramunt Farrán está afiliado o vinculado a CM.
¿Qué cargo tiene actualmente Melcior Claramunt Farrán?
Melcior Claramunt Farrán ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Miralcamp en Ayuntamiento De Miralcamp (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .