Oriol Balliu Castanyer
Alcalde Del Ayuntamiento De La Pera · CM
Cuánto gana Oriol Balliu Castanyer: percibe 13.782 € brutos al año (984 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de la pera en Ayuntamiento De La Pera.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De La Pera
- Institución
- Ayuntamiento De La Pera
- Partido
- CM
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- La Pera
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9598 € menos al año que la media de alcaldes (59 %).
Sueldo y retribuciones de Oriol Balliu Castanyer
Alcalde Del Ayuntamiento De La Pera
CMEn activo| Salario bruto mensual | 984,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.782,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Pera La
AMP - AM2019–2023| Salario bruto mensual | 826,58 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9918,96 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Oriol Balliu Castanyer?
Oriol Balliu Castanyer percibe un sueldo bruto anual de 13.782 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De La Pera en Ayuntamiento De La Pera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Oriol Balliu Castanyer al mes?
Oriol Balliu Castanyer percibe 984 € brutos al mes, equivalentes a 13.782 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Oriol Balliu Castanyer?
El sueldo bruto anual de Oriol Balliu Castanyer (13.782 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Oriol Balliu Castanyer?
Oriol Balliu Castanyer está afiliado o vinculado a CM.
¿Qué cargo tiene actualmente Oriol Balliu Castanyer?
Oriol Balliu Castanyer ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De La Pera en Ayuntamiento De La Pera (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .