Rodrigo Suarez Garcia
Alcalde Del Ayuntamiento De Quirós · IU-MÁS PAÍS-IAS
Cuánto gana Rodrigo Suarez Garcia: percibe 12.000 € brutos al año (857 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de quirós en Ayuntamiento De Quirós.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Quirós
- Institución
- Ayuntamiento De Quirós
- Partido
- IU-MÁS PAÍS-IAS
- Comunidad
- Asturias
- Municipio
- Quirós
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.380 € menos al año que la media de alcaldes (51 %).
Sueldo y retribuciones de Rodrigo Suarez Garcia
Alcalde Del Ayuntamiento De Quirós
IU-MÁS PAÍS-IASEn activo| Salario bruto mensual | 857,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.000,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Quirós
IU-IAS2019–2023| Salario bruto mensual | 246,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2960,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Rodrigo Suarez Garcia?
Rodrigo Suarez Garcia percibe un sueldo bruto anual de 12.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Quirós en Ayuntamiento De Quirós. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Rodrigo Suarez Garcia al mes?
Rodrigo Suarez Garcia percibe 857 € brutos al mes, equivalentes a 12.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Rodrigo Suarez Garcia?
El sueldo bruto anual de Rodrigo Suarez Garcia (12.000 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Rodrigo Suarez Garcia?
Rodrigo Suarez Garcia está afiliado o vinculado a IU-MÁS PAÍS-IAS.
¿Qué cargo tiene actualmente Rodrigo Suarez Garcia?
Rodrigo Suarez Garcia ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Quirós en Ayuntamiento De Quirós (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .