Adrián Tello Gimeno
Alcalde Del Ayuntamiento De La Muela · CHA
Cuánto gana Adrián Tello Gimeno: percibe 37.382 € brutos al año (2670 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de la muela en Ayuntamiento De La Muela.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De La Muela
- Institución
- Ayuntamiento De La Muela
- Partido
- CHA
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- La Muela
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.002 € más al año que la media de alcaldes (160 %).
Sueldo y retribuciones de Adrián Tello Gimeno
Alcalde Del Ayuntamiento De La Muela
CHAEn activo| Salario bruto mensual | 2670,12 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 37.381,74 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Muela La
CHA2019–2023| Salario bruto mensual | 1921,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 23.053,66 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Adrián Tello Gimeno?
Adrián Tello Gimeno percibe un sueldo bruto anual de 37.382 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De La Muela en Ayuntamiento De La Muela. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Adrián Tello Gimeno al mes?
Adrián Tello Gimeno percibe 2670 € brutos al mes, equivalentes a 37.382 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Adrián Tello Gimeno?
El sueldo bruto anual de Adrián Tello Gimeno (37.382 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Adrián Tello Gimeno?
Adrián Tello Gimeno está afiliado o vinculado a CHA.
¿Qué cargo tiene actualmente Adrián Tello Gimeno?
Adrián Tello Gimeno ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De La Muela en Ayuntamiento De La Muela (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .