Catalina Riera Mascaró
Alcaldesa · EL PI
Cuánto gana Catalina Riera Mascaró: percibe 56.062 € brutos al año (4004 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Manacor.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Manacor
- Partido
- EL PI
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Manacor
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 32.682 € más al año que la media de alcaldes (240 %).
Sueldo y retribuciones de Catalina Riera Mascaró
Alcaldesa
EL PIInactivo| Salario bruto mensual | 4004,45 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 56.062,27 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
EL PIInactivo| Salario bruto mensual | 4004,45 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 56.062,27 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de EL PI
Ver todos →Otros alcaldes en Islas Baleares
Ver todos →Comparar a Catalina Riera Mascaró con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Catalina Riera Mascaró?
Catalina Riera Mascaró percibe un sueldo bruto anual de 56.062 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Manacor. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Catalina Riera Mascaró al mes?
Catalina Riera Mascaró percibe 4004 € brutos al mes, equivalentes a 56.062 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Catalina Riera Mascaró?
El sueldo bruto anual de Catalina Riera Mascaró (56.062 €) equivale a 3,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Catalina Riera Mascaró?
Catalina Riera Mascaró está afiliado o vinculado a EL PI.
¿Qué cargo tiene actualmente Catalina Riera Mascaró?
Catalina Riera Mascaró ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Manacor (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .