Esperanza Lopez Sanz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Hoz De Jaca · Partido Aragonés
Cuánto gana Esperanza Lopez Sanz: percibe 12.219 € brutos al año (873 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de hoz de jaca en Ayuntamiento De Hoz De Jaca.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Hoz De Jaca
- Institución
- Ayuntamiento De Hoz De Jaca
- Partido
- Partido Aragonés
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- Hoz De Jaca
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.161 € menos al año que la media de alcaldes (52 %).
Sueldo y retribuciones de Esperanza Lopez Sanz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Hoz De Jaca
PAREn activo| Salario bruto mensual | 872,81 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.219,32 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Hoz De Jaca
PAR2019–2023| Salario bruto mensual | 1000,36 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.004,33 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Esperanza Lopez Sanz?
Esperanza Lopez Sanz percibe un sueldo bruto anual de 12.219 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Hoz De Jaca en Ayuntamiento De Hoz De Jaca. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Esperanza Lopez Sanz al mes?
Esperanza Lopez Sanz percibe 873 € brutos al mes, equivalentes a 12.219 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Esperanza Lopez Sanz?
El sueldo bruto anual de Esperanza Lopez Sanz (12.219 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Esperanza Lopez Sanz?
Esperanza Lopez Sanz está afiliado o vinculado a Partido Aragonés.
¿Qué cargo tiene actualmente Esperanza Lopez Sanz?
Esperanza Lopez Sanz ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Hoz De Jaca en Ayuntamiento De Hoz De Jaca (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .