Jaime Monserrat Vaquer
Alcalde Del Ayuntamiento De Felanitx · EL PI
Cuánto gana Jaime Monserrat Vaquer: percibe 49.445 € brutos al año (4120 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de felanitx en Ayuntamiento De Felanitx.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Felanitx
- Institución
- Ayuntamiento De Felanitx
- Partido
- EL PI
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Felanitx
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 26.065 € más al año que la media de alcaldes (211 %).
Sueldo y retribuciones de Jaime Monserrat Vaquer
Alcalde Del Ayuntamiento De Felanitx
EL PI2019–2023| Salario bruto mensual | 4120,41 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.444,92 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Felanitx
EL PI2019–2023| Salario bruto mensual | 4120,41 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.444,92 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jaime Monserrat Vaquer?
Jaime Monserrat Vaquer percibe un sueldo bruto anual de 49.445 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Felanitx en Ayuntamiento De Felanitx. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jaime Monserrat Vaquer al mes?
Jaime Monserrat Vaquer percibe 4120 € brutos al mes, equivalentes a 49.445 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jaime Monserrat Vaquer?
El sueldo bruto anual de Jaime Monserrat Vaquer (49.445 €) equivale a 2,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jaime Monserrat Vaquer?
Jaime Monserrat Vaquer está afiliado o vinculado a EL PI.
¿Qué cargo tiene actualmente Jaime Monserrat Vaquer?
Jaime Monserrat Vaquer ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Felanitx en Ayuntamiento De Felanitx (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .