Luis Brusil Sanchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Nigüella · CHA
Cuánto gana Luis Brusil Sanchez: percibe 5800 € brutos al año (483 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de nigüella en Ayuntamiento De Nigüella.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Nigüella
- Institución
- Ayuntamiento De Nigüella
- Partido
- CHA
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- Nigüella
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.580 € menos al año que la media de alcaldes (25 %).
Sueldo y retribuciones de Luis Brusil Sanchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Nigüella
CHA2019–2023| Salario bruto mensual | 483,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 5800,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Nigüella
CHA2019–2023| Salario bruto mensual | 483,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 5800,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Luis Brusil Sanchez?
Luis Brusil Sanchez percibe un sueldo bruto anual de 5800 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Nigüella en Ayuntamiento De Nigüella. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Luis Brusil Sanchez al mes?
Luis Brusil Sanchez percibe 483 € brutos al mes, equivalentes a 5800 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Luis Brusil Sanchez?
El sueldo bruto anual de Luis Brusil Sanchez (5800 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Luis Brusil Sanchez?
Luis Brusil Sanchez está afiliado o vinculado a CHA.
¿Qué cargo tiene actualmente Luis Brusil Sanchez?
Luis Brusil Sanchez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Nigüella en Ayuntamiento De Nigüella (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .