Pedro Bergua Beltrán
Alcalde Del Ayuntamiento De La Sotonera · Partido Aragonés
Cuánto gana Pedro Bergua Beltrán: percibe 5600 € brutos al año (400 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de la sotonera en Ayuntamiento De La Sotonera.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De La Sotonera
- Institución
- Ayuntamiento De La Sotonera
- Partido
- Partido Aragonés
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- La Sotonera
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Cobra 17.780 € menos al año que la media de alcaldes (24 %).
Sueldo y retribuciones de Pedro Bergua Beltrán
Alcalde Del Ayuntamiento De La Sotonera
PARInactivo| Salario bruto mensual | 400,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 5600,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De La Sotonera
PARInactivo| Salario bruto mensual | 400,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 5600,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Pedro Bergua Beltrán?
Pedro Bergua Beltrán percibe un sueldo bruto anual de 5600 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De La Sotonera en Ayuntamiento De La Sotonera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Pedro Bergua Beltrán al mes?
Pedro Bergua Beltrán percibe 400 € brutos al mes, equivalentes a 5600 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Pedro Bergua Beltrán?
El sueldo bruto anual de Pedro Bergua Beltrán (5600 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Pedro Bergua Beltrán?
Pedro Bergua Beltrán está afiliado o vinculado a Partido Aragonés.
¿Qué cargo tiene actualmente Pedro Bergua Beltrán?
Pedro Bergua Beltrán ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De La Sotonera en Ayuntamiento De La Sotonera (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .